Otorgamiento de Poderes

Información General:

De acuerdo al artículo 1684 del Código Civil Venezolano, un poder es un documento legal donde consta un Mandato o contrato por el cual una persona se obliga gratuitamente o mediante salario a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que le han encargado de ello. Un poder puede ser Especial para uno o varios asuntos específicos (venta de un inmueble, vehículo, etc.) o General para todos los asuntos concernientes al mandante (actos legales, y administrativos).

Requisitos exigidos:

1era PARTE:

- El interesado debe enviar a nuestra Sección Consular, vía correo electrónico (consulate@venezuelaembassy.org.au) el documento a ser registrado, en formato “.doc” o “.docx”, el cual debe ser redactado EXCLUSIVAMENTE por un abogado venezolano, cuyo número de INPREABOGADO, debe ser colocado en el margen superior derecho del documento.

- Una vez que el documento sea revisado, se informará al interesado (vía correo electrónico el tipo de poder al que corresponde su documento) y será entonces cuando el interesado podrá proceder a enviar los recaudos exigidos vía correo postal.

- Nuestros funcionarios NO realizarán correcciones, ni observaciones en relación al contenido o redacción del documento, por tanto, es responsabilidad del interesado chequear que la información contenida sea correcta.

2da PARTE:

Los interesados deben armar y consignar un (01) expediente contentivo de los siguientes documentos, en el estricto orden requerido:

- Planilla: “SOLICITUD DE TRÁMITES CONSULARES” (F-01).

- Un (01) USB (pendrive) que contenga el documento en formato pdf del documento que previamente fuera revisado por nuestros funcionarios en la primera parte del proceso

- Dos (02) fotocopias del pasaporte del / los otorgantes (sólo páginas que contengan datos personales).

- Dos (02) fotocopias de la cédula de identidad del / los otorgantes.

- Dos (02) fotocopias de la “acreditación de representación” en el caso de que el otorgante actúe en nombre de alguna persona jurídica.

- Cédula de identidad y carnet de INPRE-ABOGADO de la persona que redactó el documento.

Adjuntar a los documentos anteriores:

- Instrumento de pago debidamente identificado.

Observaciones:

- Cada expediente (o grupo de documentos) debe ser unido con un clip.

- Las fotocopias deben ser a tamaño real, legibles, en hojas individuales (cada copia por separado), limpias y SIN RECORTAR.

- Por favor no doblar los documentos.

 

Importante:

- Una vez que se hayan recibido los recaudos requeridos en nuestras oficinas, el interesado podrá proceder a solicitar su cita. Nótese que este trámite es presencial y bajo ninguna circunstancia podrá proceder vía correo postal.

Dirección:

Embassy of Venezuela

12 Keyar Street

O’Malley ACT 2606

 

Costo del trámite:

Poder Especial: (Ley Orgánica de Servicio Consular Art. 54 Ord. 5-B).

- AU $160, pagaderos a través de un Australia Money Order a nombre de “Embassy of Venezuela” (Ciudadanos residentes fuera de Australia deben enviar un Cheque de Gerencia, asegurándose de que especifique el monto corresponde a dólares australianos).

 

Poder General: (Ley Orgánica de Servicio Consular Art. 54 Ord. 5-A).

- AU $480, pagaderos a través de un Australia Money Order a nombre de “Embassy of Venezuela”. El money order se adquiere en cualquier oficina del Australian Post.

NOTA: Dependiendo del tipo de poder que envíe le indicaremos el costo. Si lo decide enviar antes por correo, deberá hacer otro envío a la Embajada con el importe del pago.

(Ciudadanos residentes fuera de Australia deben enviar un Cheque de Gerencia, asegurándose de que especifique el monto corresponde a dólares australianos).